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Sentencia judicial: los datos de cookies pueden calificar como datos personales sensibles bajo el RGPD

Sentencia judicial: los datos de cookies pueden calificar como datos personales sensibles bajo el RGPD

Flowsery Team
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TL;DR — Respuesta rápida

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Un tribunal dictaminó que los datos de navegación de cookies pueden ser datos personales sensibles bajo el RGPD si revelan información de salud, política o religiosa, requiriendo consentimiento explícito y EIPD que la mayoría de las configuraciones de analítica no tienen.

Sentencia judicial: los datos de cookies pueden calificar como datos personales sensibles bajo el RGPD

Una sentencia judicial ha establecido que los datos recopilados a través de cookies pueden constituir datos personales sensibles bajo el RGPD cuando pueden usarse para inferir información sobre salud, creencias políticas, orientación sexual u otras categorías protegidas. Esto eleva significativamente el listón de cumplimiento para la analítica y la publicidad basadas en cookies.

El RGPD define categorías especiales de datos sensibles que incluyen información de salud, opiniones políticas, creencias religiosas y orientación sexual. Tradicionalmente, estas categorías se interpretaban de manera restrictiva. La sentencia amplió esta interpretación: si los datos pueden usarse para inferir información sensible -- incluso si ese no fue el propósito original de la recopilación -- deben tratarse como datos sensibles.

Por qué los datos de cookies se ven afectados

El historial de navegación recopilado a través de cookies inevitablemente revela información sensible. Un usuario que visita sitios web relacionados con la salud, páginas de partidos políticos u organizaciones religiosas genera datos a partir de los cuales se pueden extraer inferencias sensibles. Dado que la analítica basada en cookies recopila patrones de navegación a escala, la probabilidad de que cualquier conjunto de datos contenga inferencias sensibles es extremadamente alta.

Implicaciones de cumplimiento

El procesamiento de datos sensibles bajo el RGPD requiere consentimiento explícito -- un estándar más alto que el consentimiento ordinario. También puede activar evaluaciones de impacto en la protección de datos obligatorias. La mayoría de los mecanismos de consentimiento de cookies no cumplen con el umbral de consentimiento explícito, y la mayoría de las organizaciones no han realizado EIPD para sus implementaciones de analítica.

La conclusión

Esta sentencia hace que la posición de cumplimiento de la analítica basada en cookies sea significativamente más precaria. Las organizaciones que evitan recopilar datos de navegación por completo -- a través de analítica sin cookies que prioriza la privacidad -- no se ven afectadas porque nunca crean conjuntos de datos a partir de los cuales se puedan extraer inferencias sensibles.

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